3.- Registros y Contabilidad

¿Estoy obligado a llevar contabilidad?

3.- Registros y Contabilidad

a. Los anfitriones que sean personas jurídicas han de llevar contabilidad, bajo los principios contables vigentes en Ecuador que son las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), cuyos resultados son la base para determinar el Impuesto a la Renta.

 

b. De igual manera, han de llevar contabilidad las personas naturales que cumplan al menos una de las siguientes condiciones respecto del monto de las transacciones relacionadas con su actividad económica:

c. En caso de no estar obligado a llevar contabilidad, el anfitrión ha de llevar un registro de ingresos y egresos, cuya diferencia constituirá la base imponible del Impuesto a la Renta.


d. Los gastos deben estar relacionados con la generación de ingresos y encontrarse respaldados en facturas válidas tributariamente, para ser deducibles de impuesto a la renta.

 

e. A continuación, se presenta un ejemplo de un registro de ingresos y egresos: