Preguntas Frecuentes

Todo anfitrión que comparta espacios en Ecuador ha de contar con el Registro Único de Contribuyentes (RUC) activo y actualizado, a fin de cumplir con sus obligaciones tributarias.

No es necesario obtener un nuevo RUC. El anfitrión que ya cuente con un RUC ha de actualizarlo incluyendo la actividad económica: Servicios de alojamiento prestados por anfitriones” conforme al Código CIIU (Clasificación Internacional Industrial Uniforme) número I55100904, de acuerdo con lo publicado por la Administración Tributaria en el siguiente link: https://www.sri.gob.ec/alojamiento-anfitriones

El anfitrión que administre inmuebles de otra persona para ofrecer espacios en Airbnb, ha de inscribirse en el RUC y cumplir con sus obligaciones tributarias.

Implica las siguientes obligaciones tributarias:

  • Emisión de comprobantes de venta.
  • Llevar contabilidad o registro de ingresos y gastos.
  • Declaración y pago de impuesto a la renta de forma anual.
  • Declaración y pago de impuesto al valor agregado.
  • Otras obligaciones, según corresponda. 

Para tener certeza sobre sus obligaciones tributarias, los anfitriones han de  revisar la información oficial y han de buscar la asesoría de un profesional de impuestos calificado.

Hasta la fecha de elaboración de esta guía (septiembre 2023) Airbnb no participa de forma directa en el pago de impuestos en Ecuador. No obstante, son los intermediarios de pago (tarjetas de crédito/débito o instituciones financieras, etc) y los anfitriones, los responsables del pago de impuestos en Ecuador, por motivo del uso de la plataforma.

El anfitrión puede escoger emitir la factura con IVA al momento de efectuarse la reserva y pago; o, una vez que el huésped inicie el uso del espacio compartido.

 

Por otro lado, el cobro del IVA por parte del anfitrión dependerá del método de pago y las políticas de Airbnb, sin perjuicio de las retenciones que apliquen los intermediarios de pago, según corresponda.

Aunque el anfitrión no comparta espacio, ha de pagar los impuestos municipales que correspondan, según las ordenanzas de cada ciudad o cantón en el que se ubique el espacio.


Cabe indicar que, el anfitrión ha de continuar con la presentación de declaraciones, aunque no existan valores de impuestos a pagar (e.g. IVA).

Según la ley, el IVA ha de ser pagado por el usuario. Dicho impuesto será recaudado por quien preste el servicio (en este caso, el anfitrión), o puede ser retenido por el intermediario de pago (tarjeta de crédito o débito), y entregado con posterioridad al SRI, Por ello, Airbnb no recauda ni paga el IVA que cobres a los usuarios. Es importante que, al momento de fijar el precio de tu anuncio, consideres tener en cuenta este impuesto.

Las personas naturales calificadas dentro del régimen RIMPE – Negocios Populares- con ingresos anuales de hasta USD. 20.000, pueden emitir notas de venta o facturas con tarifa 0% de IVA.

Desde el mes de noviembre del 2022 todos los contribuyentes, excepto aquellos calificados como RIMPE – Negocios Populares, han de emitir facturas electrónicas. 


Para emitir comprobantes electrónicos,  se ha de cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Contar con la autorización para emitir comprobantes electrónicos
  2. Firma electrónica.
  3. Software que genere comprobantes electrónicos (puede ser propio o se puede utilizar el aplicativo de comprobantes electrónicos de uso gratuito dispuesto por el SRI).
  4. Clave de acceso a SRI en Línea.
  5. Conexión a Internet.

El régimen, obligaciones tributarias, requisitos y trámites compartidos a modo informativo en esta guía, ha de considerarse en el uso de cualquier plataforma.

El anfitrión ha de deducirse de la liquidación y pago del impuesto a la renta los gastos directamente relacionados con su actividad de compartir espacios en Airbnb. Entre estos gastos, los más usuales pueden ser los siguientes: servicios básicos, reparaciones y mantenimiento del espacio, mobiliario, alícuota de condóminos, intereses por créditos del inmueble.


Es importante recordar que los gastos deben estar soportados con comprobantes de venta autorizados; y, que los pagos iguales o superiores a USD. 1.000, deben efectuarse a través del sistema financiero.


Los anfitriones calificados dentro del RIMPE, tanto “Negocios Populares” como “Emprendedores”, liquidan y pagan el impuesto a la renta sobre sus ingresos, sin que puedan deducirse gastos.

Sí, el impuesto al valor agregado y el impuesto a la renta son impuestos independientes de los tributos municipales o seccionales. Estos impuestos se pagan de forma anual, con base en los catastros o registros de los inmuebles que ofrecen los anfitriones, según las ordenanzas emitidas por cada municipio o gobierno seccional del territorio donde se encuentre el espacio a compartir. Es importante que conozcas las regulaciones específicas que se encuentren vigentes en el cantón donde se encuentre el inmueble y consideres asesorarte por un profesional de impuestos calificado.