2.- Emisión de comprobantes de venta

¿Cómo debo emitir comprobantes de venta?

2.- Emisión de comprobantes de venta

a. Luego de realizar la inscripción o actualización del RUC, los anfitriones deben emitir comprobantes de venta de forma electrónica por cada operación. Cabe indicar que los anfitriones que sean parte del régimen RIMPE – Negocio Popular pueden emitir comprobantes de venta de forma física.

 

b. Los comprobantes de venta que pueden emitir los anfitriones son: i) facturas o ii) notas de venta, dependiendo del régimen tributario al que pertenecen.

Ejemplo de nota de venta

Ejemplo de nota de factura electrónica

c. Según lo indicado por la Administración Tributaria en el siguiente link  https://www.sri.gob.ec/alojamiento-anfitriones  la actividad estará gravada con tarifa del 12% de Impuesto al Valor Agregado (IVA), la cual, aplica únicamente si el emisor se encuentra registrado en el régimen general o en el régimen RIMPE – Emprendedores. Los servicios prestados por emisores inscritos en el régimen RIMPE – Negocios Populares tienen IVA del 0%.

d. La Administración Tributaria pone a disposición de los pequeños y medianos contribuyentes un sistema de facturador electrónico gratuito. Para más información se puede consultar el siguiente link: https://www.sri.gob.ec/nl/sri-y-yo