4.- Declaración y pago de impuestos

¿Qué declaraciones de impuestos debo realizar?

4.- Declaración y pago de impuestos

La declaración y pago de impuestos se realizan a través del canal virtual que pone a disposición la Administración Tributaria, cuyo acceso se realiza a través del mismo portal en línea con la clave digital obtenida al momento de la inscripción en el RUC.

Impuesto al Valor Agregado (IVA)

a. Los anfitriones inscritos en el régimen general han de presentar declaraciones mensuales de IVA mientras que los anfitriones calificados en el régimen RIMPE – Emprendedores han de presentar declaraciones semestrales.

 

b. Los anfitriones que pertenecen al régimen RIMPE – Negocios Populares no deben presentar declaraciones de IVA.

Impuesto a la Renta (IR)

a. Los anfitriones del régimen general han de presentar su declaración anual de Impuesto a la Renta en el mes de marzo del siguiente año si son personas naturales y en el mes de abril del siguiente año si son personas jurídicas.

 

 

b. Los anfitriones que son parte del RIMPE – Emprendedores y RIMPE – Negocios Populares deben realizar su declaración y pago del Impuesto a la Renta en el mes de junio del siguiente año, considerando la tarifa aplicable para cada caso.

 

 

c. Aquellos anfitriones que no sean residentes en Ecuador están sujetos al Impuesto a la Renta sobre los ingresos de fuente ecuatoriana, como es el caso de ingresos generados de bienes situados en el país. La tarifa de Impuesto a la Renta será del 25%.

Tabla Progresiva de Tarifas de Impuesto a la Renta - Régimen RIMPE

Aplicable para el año 2023

Tabla Progresiva de Tarifas de Impuestos a la Renta - Régimen RIMPE

Aplicable para el año 2024

NEGOCIOS POPULARES

EMPRENDEDORES

Tabla Progresiva de Tarifas de Impuesto a la Renta - Régimen General

Aplicable para el año 2023

Otras obligaciones a considerar


a. Existen otras obligaciones tributarias como son los anexos transaccionales simplificados (ATS) que deben ser presentados por los contribuyentes que se encuentran obligados a llevar contabilidad. Es importante contar con el soporte de un experto tributario local para conocer todas las obligaciones tributarias vigentes.

b. Adicionalmente, los anfitriones que compartan sus espacios de manera permanente han de considerar asesorarse para cumplir con el pago de los impuestos municipales, como son:

 

 

  • Patente municipal.- para desarrollar una actividad económica en una municipalidad se debe obtener y pagar la patente municipal cuya tarifa es desde USD 10 hasta USD 25,000 en base a las condiciones y términos de cada autoridad seccional.
  • Impuesto del 1.5 por mil sobre el total de los activos.- este impuesto se paga conjuntamente con la patente, pero corresponde únicamente a los anfitriones que además de ejercer de manera permanente su actividad, se encuentren obligados a llevar contabilidad.